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Presentación

El Derecho Penal pertenece al Derecho Público, esto significa que su fundamentación ha de hallarse en los mismos principios constitucionales (fuente directa) sobre el que debe asentarse todo el Derecho público argentino. No por casualidad dichos principios se encuentran en la CN dentro de las Declaraciones Derechos y garantías. El Derecho Penal ha de ser observado a la luz de estos principios, es decir, no como un derecho subjetivo del Estado a penar, sino como un derecho del ciudadano a no ser perseguido por el Estado a menos que su comportamiento haya sido establecido como prohibido por una ley anterior a aquel. Este principio de legalidad es de estricta observancia en nuestro Derecho que, a diferencia del Civil, no tiene carácter residual. Las prohibiciones deben ser perfectamente descripta y sus interpretación eminentemente taxativa. Es que las consecuencias del Derecho Penal son las más graves del ordenamiento jurídico, atañe a la libertad individual, a la coacción personal (y en los ordenamientos que admiten la pena de muerte) y a la vida misma de los individuos. De allí que su estudio sea diferente al resto de las asignaturas. Es necesario que el alumno universitario sepa plantear las preguntas fundamentales ¿por qué prohibir? ¿por qué penar?

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Universidad Nacional de Lomas de Zamora • Secretaria Académica