Presentación
Desde antiguo la doctrina ha destacado la importancia del Derecho de las Obligaciones, y así MAZEAUD-CHABAS expresaron que “todas las relaciones pecuniarias que existen entre los hombres son vínculos de obligaciones”, habiendo manifestado a su vez ASCOLI que “es el derecho del cotidiano comercio de la vida”. Desde el punto de vista cuantitativo, PUIG PEÑA nos dice que al Derecho de las Obligaciones se lo ha comparado con “una planta que extiende sus raíces por todas las partes del derecho privado”. Por fin JOSSERAND sostiene que “no es exagerado decir que el concepto obligacional constituye la armazón y el substratum del Derecho, y hasta de un modo más general, de todas las ciencias sociales”.
Por lo expuesto, huelga destacar la esencialidad que tiene esta disciplina en la formación de un abogado.
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